El secretario general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Martí Batres, anunció a través de su cuenta de Twitter/X que se publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), que habrá un proceso de revisión y verificación de las pensiones otorgadas por el organismo, a su vez que incluso estas podrían ser revocadas.
En este tuit, Batres menciona que ‘el objetivo es continuar corrigiendo los excesos y las injusticias’, según mencionó el secretario general.
Hoy se publica en el
@DOF_SEGOB
un aviso para dar a conocer el acuerdo que como Director General del
@ISSSTE_mx
emití para la revisión de las pensiones que rebasen el monto superior establecido por la ley. El objetivo es continuar corrigiendo excesos e injusticias.
¿Qué es lo que dice el nuevo acuerdo del ISSSTE?
Este acuerdo estipula que habrá cambios en el procedimiento de las pensiones, por lo que habrá pasos extra en los que habrá, entre otras cosas, una revisión y verificación de los documentos de los pensionados.
La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales llevará acabo esta verificación y revisión de documentación, y su función será la de comprobar y constatar el cumplimiento de varios requisitos de aquellas pensiones que sean otorgadas por cantidades superiores a las que marca la ley.
Según CNN Expansión, estos requisitos son los siguientes.
- Dependencia o entidades donde trabajó el pensionado
- Años de servicio cotizados
- Sueldo base percibido por el trabajador
- Elementos que determinaron el monto de la pensión inicial. y
- Los incrementos anuales y factor de actualización.
¿Me podrán quitar mi pensión del ISSSTE?
Según el documento publicado en el DOF, el ISSSTE tendrá las facultades de o modificar el monto que reciban los pensionados cuándo exceda el límite establecido, o en su caso revocar la pensión cuándo la documentación no acredite el derecho a recibir dicho monto.
El ISSSTE tendrá 10 días hábiles para emitir su respuesta y si un pensionado quiere apelar y realizar una impugnación, deberá hacerlo dentro de los 15 días naturales a partir de la resolución.
Apareció primero enTu Chica Musical